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Gobierno aprueba fraccionar pago de recibos de luz, gas natural y telecomunicaciones ante el estado de emergencia

El Gobierno aprobó un decreto de urgencia mediante el cual dispone un conjunto de medidas para permitir facilidades a los usuarios en el pago de servicios públicos, como electricidad, gas natural y las telecomunicaciones debido a la situación de emergencia que afronta el país por la pandemia de la COVID-19.
A través de un comunicado emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas, precisaron que estas medidas permitirán el prorrateo de los pagos por consumo realizados durante marzo de 2020 o los meses que dure el estado de emergencia en el país, con el objetivo de garantizar la continuidad de la prestación de estos servicios públicos y el acceso de los hogares vulnerables a los mismos.
En el caso de los servicios del mercado eléctrico y del gas natural, el prorrateo se realizará hasta por 24 meses sin interés o cargo, mientras que para los servicios de telefonía fija, celular e Internet, este se prorrogará hasta por 12 meses también sin ningún interés o cargo.
Con estas disposiciones el Gobierno busca garantizar el acceso de los hogares vulnerables a los servicios públicos.

Servicios públicos de energía eléctrica y gas natural

Los usuarios del servicio eléctrico que tendrán acceso a estos beneficios serán los clientes residenciales con consumos de hasta 100 kWh mensuales y los usuarios residenciales de los sistemas eléctricos rurales no convencionales abastecidos con suministro fotovoltaico autónomo.
Alrededor de 4.8 millones de hogares, cada uno con facturaciones de hasta 65 soles mensuales, se beneficiarán de esta medida.
Para ellos, las empresas de distribución podrán postergar y prorratear la facturación vencida durante el periodo de emergencia hasta por 24 meses sin ningún interés, otro cargo o morosidad. Además, tampoco se verán afectados por el corte del servicio por falta de pago.
Por su parte, los usuarios residenciales del servicio de gas natural que podrán acceder a este beneficio son los clientes residenciales con consumos de hasta 20 M3/mes. En esos casos, las empresas podrán prorratear las facturaciones realizadas durante el estado de emergencia hasta en 24 meses, también sin ningún interés u otro cargo.
Esta facilidad para el pago de recibos, permitirá que 875,608 usuarios residenciales de las 4 concesiones de distribución de gas natural por red de ductos, que operan en el país a la fecha, se beneficien.
El Decreto de Urgencia permite a las empresas reducir la prestación del servicio a las empresas de telecomunicaciones en el caso de los clientes con recibos vencidos, a fin de garantizar el tráfico de redes.

Servicios de telecomunicaciones

Para los servicios públicos de telecomunicaciones, los cuales incluyen la telefonía fija y móvil, Internet fijo y móvil, además de los planes mínimos del servicio de distribución de radiodifusión por cable (televisión de paga), sean contratados de manera individual o por paquete, la medida dispone que las empresas puedan fraccionar el pago de los recibos emitidos durante el estado de emergencia hasta por 12 meses y que los abonados puedan requerir el prorrateo de los mismos hasta por periodos menores a 12 meses.
En esa línea, el DU dispone que las empresas sean las que establezcan las condiciones del fraccionamiento de las deudas, en las cuales no deben aplicar ningún interés, cargo fijo por mora, cargos por reconexión o cualquier otro concepto vinculado al no pago del recibo fraccionado. Más de 4 millones de hogares se verán beneficiados con este prorrateo de los recibos.
También habilita a las empresas a que en el caso de los usuarios, cuyos recibos vencidos sean prorrateados, puedan brindarles los servicios con prestaciones reducidas a fin de asegurar la continuidad del tráfico de redes. En ese caso se establece un plazo máximo de 3 días hábiles luego de que el DU entre en vigencia para que las empresas remitan al OSIPTEL la reducción de prestaciones que implementarán.

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